Todos los días, millones de personas en España se encuentran con grandes dificultades para moverse por calles, edificios e infraestructuras públicas de todo tipo, e incluso para desenvolverse autónomamente en su propio hogar. Sólo en Madrid, casi 14.000 personas, no pueden salir a la calle nunca, por problemas de movilidad. El 16% de las personas con movilidad reducida se han cambiado de vivienda por falta de accesibilidad. Pero hay otro 84%, que no tiene capacidad económica para hacerlo.

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¿Cómo es posible esto? Esto se debe a la falta de accesibilidad que todavía presentan muchos espacios públicos y privados para las personas con discapacidad, personas mayores, o personas con movilidad reducida. Aunque en la actualidad se diseña teniendo en cuenta estas necesidades y, aunque se está trabajando para cambiar esta realidad, lo cierto, es que existen muchísimos entornos diseñados sin tener en cuenta, que no todos tenemos las mismas necesidades y capacidades, a la hora de movernos. Desde A4A queremos aportar nuestro punto de vista, contándote qué son exactamente las barreras arquitectónicas, qué normativa es aplicable y cuales son las soluciones y ayudas existentes, dándote algunas ideas para contribuir a su eliminación.

Qué son las barreras arquitectónicas en edificios y viviendas

Si no tenemos la movilidad reducida o no somos muy mayores, lo mejor para que tomemos consciencia de lo que supone un problema de accesibilidad, es imaginar lo que serían algunas barrera arquitectónicas para nosotros. Imaginemos, pues, que al comprar en una tienda, el producto que has elegido está en una estantería a 5 metros del suelo.  Que cada vez que quisieras pasear por una calle, encontraras un muro vertical de lado a lado y 10 metros de altura. Que para subir a un tren, tuvieses que saltar un foso de 6 metros de longitud. Que para poder ir a la cama, debes trepar hasta la cornisa de un tejado. Esto te haría imposible la actividad normal diaria, ¿verdad?.

En el ámbito de la arquitectura y el urbanismo, se denomina barrera arquitectónica, a aquellos obstáculos físicos que impiden que determinados grupos de población puedan llegar, acceder o moverse por un espacio urbano, un edificio o una parte de él. Se trata del tipo más conocido de barrera de accesibilidad, ya que está presente en el medio físico y es la que resulta más evidente a la sociedad. Las barreras arquitectónicas no solo dificultan o impiden la movilidad a las personas con discapacidad, sino también a otros grupos como las personas mayores, personas convalecientes o a las mujeres embarazadas.

Por tanto, las barreras arquitectónicas, son obstáculos de diseño, o constructivos, que impiden que determinadas personas, puedan acceder, moverse, transitar, visitar o residir , en, o por, un espacio. Esto lo que produce, es que personas con discapacidad, mayores o personas con movilidad reducida no puedan desplazarse, o lo hagan con mucha dificultad o grave riesgo. La existencia de estas barreras supone un impedimento para las actividades cotidianas. Acceder al metro, ir a trabajar, subir a la segunda planta de un edificio sin ascensor, ir de una calle a otra, subir al autobús, o entrar en un restaurante, comercio o zona de ocio, pueden convertirse en tareas imposibles y/o muy arriesgadas.

Tipos de barreras arquitectónicas

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Existen muchos tipos de barreras arquitectónicas. Desde un pequeño tramo de escaleras, un bordillo en la acera, una vivienda no acondicionada, hasta edificios de viviendas con escalones de acceso o de varias plantas sin ascensor, pueden suponer un obstáculo insalvable para una persona mayor o una discapacitada. Podríamos distinguir entre tres tipos de barreras arquitectónicas, que dificultan la movilidad de las personas:

1. Barreras arquitectónicas urbanísticas e infraestructuras

Aquellas que encontramos en espacios públicos. Pueden ser aceras demasiado estrechas, alcorques de árboles demasiado grandes, farolas o señales en las aceras mal situados que obstaculizan el paso, escalones aislados, pavimentos muy irregulares o en muy mal estado, acuerdos entre distintos niveles mal ejecutados, etc.

2. Barreras arquitectónicas de edificaciones

Aquellas que encontramos en edificios públicos o privados de cualquier tipo y uso. Comunicación entre distintas plantas. Accesos al portal solo mediante escaleras, salidas del portal a la calle con uno o más escalones, edificios de 2 o mas plantas sin ascensor, edificios o casas de varias plantas sin ascensores o rampas, espacios demasiado estrechos para la circulación de personas con muletas, bastones o sillas de ruedas. Otras zonas de los edificios, como piscinas, trasteros, garajes, salas, tendederos, gimnasios, jardines, etc., con obstáculos del tipo anterior.

3. Barreras arquitectónicas del transporte público

Metros sin acceso mediante ascensor en todas las paradas de una línea, o autobuses que no disponen de rampa móvil, dársenas de autobuses y trenes mal acondicionadas, transporte marítimo o fluvial, sin adaptación en su acceso, circulación y seguridad a bordo.

El 15% de las personas con movilidad reducida de Madrid, no salen nunca a la calle por ausencia de accesibilidad. La mitad, afirma que se pasa días sin salir de casa por tener movilidad reducida. Necesitan mejora de la calidad de vida, mayor autonomía individual y una solución urgente para todos los problemas aparejados por estas circunstancias. Escaleras, malos accesos, falta de ayudas e insolidaridad vecinal y ciudadana, están detrás de esta triste realidad.

Normativa en relación a las barreras arquitectónicas (Las normativas existentes)

Existen dos tipos de regulaciones ante este problema.

Por un lado están las leyes, que siempre son de obligado cumplimiento y, por otro lado, las normativas aplicables, que son recomendaciones de diseño, uso, instalación, construcción y mantenimiento, que a su vez, en muchas ocasiones, también son de carácter obligatorio, ya que hay leyes que las aluden como parte de la Ley en cuestión. Dentro del conjunto de leyes tenemos:

Leyes estatales sobre barreras arquitectónicas

  • Ley 15/1995, de 30 de mayo, sobre límites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad.

BOE nº 129, 31-May-1995

  • Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

BOE nº 289, 3-Dic-2003

  • Real Decreto 505/2007, de 20 de abril, por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.

BOE nº 113, 11-May-2007

  • Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

BOE nº290, 4-Dic-2007

  • Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

BOEnº310,27-Dic-2007

  • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

BOE nº289, 3-Dic-2013

  • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. Disposición adicional tercera. Exigibilidad de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación. b) Para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones: Espacios y edificaciones existentes el 4 de diciembre de 2010, que sean susceptibles de ajustes razonables: 4 de diciembre de 2017.

BOE  nº289, 3-Dic-2013 (Disposición adicional tercera, b)

  • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, modificada recientemente, por la entrada en vigor de las anteriores.

BOE-A-1960-10906

  • Código Técnico de la Edificación (CTE) marco normativo que establece las exigencias que deben cumplir los edificios en relación con los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE). Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

BOE nº176, de 23/07/1960.

Leyes autonómicas sobre barreras arquitectónicas

Andalucía

  • Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

BOJA nº 140, 21-Jul-2009

  • Decreto 72/1992, de 5 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y en el Transporte en Andalucía.

BOJA nº 44, 23-May-1992

Aragón

  • Ley 3/1997, de 7 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación.

BOE nº 105, 2-May-1997 / BOA nº 44, 18-Abr-1997

Asturias

  • Ley 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras.

BOE nº 149, 23-Jun-1995 / BOPA nº 89, 19-Abr-1995

Canarias

  • Ley 8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la comunicación.

BOE nº 122, 23-May-1995 / BOC nº 50, 24-Abr-1995

Cantabria

  • Ley 3/1996, de 24 de septiembre, sobre accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación.

BOE nº 272, 11-Nov-1996 / BOC nº 198, 2-Oct-1996

Castilla – La Mancha

  • Ley 1/1994, de 24 de mayo, de accesibilidad y eliminación de barreras en Castilla-La Mancha.

BOE nº 34, 9-Feb-1995 / DOCM nº 32, 24-Jun-1994

Castilla y León

  • Ley 3/1998, de 24 de junio, de accesibilidad y supresión de barreras.

BOE nº 197, 18-Ago-1998 / BOCyL nº 123, 1-Jul-1998

Cataluña

  • Ley 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

BOE nº 307, 24-Dic-1991 / DOGC nº 1526, 4-Dic-1991

Comunidad de Madrid

  • Ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

BOE nº 203, 25-Ago-1993 / BOCM nº 152, 29-Jun-1993

Comunidad de Navarra

  • Ley Foral 5/2010, de 6 de abril, de accesibilidad universal y diseño para todas las personas.

BOE nº 128, 26-May-2010 / BON nº 46, 14-Abr-2010

Comunidad de Valencia

  • Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de la Generalitat, de Accesibilidad Universal al Sistema de Transportes de la Comunitat Valenciana.

BOE nº 301, 15-Dic-2009 / DOCV nº 6152, 25-Nov-2009

  • Ley 1/1998, de 5 de mayo, de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la comunicación.

BOE nº 137, 9-Jun-1998 / DOGV nº 3237, 7-May-1998

Extremadura

  • Ley 6/2002, de 27 de junio, de medidas de apoyo en materia de autopromoción de viviendas, accesibilidad y suelo.

BOE nº 201, 22-Ago-2002 / DOE nº 85, 23-Jul-2002

  • Ley 8/1997, de 18 de junio, de promoción de la accesibilidad en Extremadura.

BOE nº 188, 7-Ago-1997 / DOE nº 77, 3-Jul-1997

Galicia

  • Ley 8/1997, de 20 de agosto, de accesibilidad y supresión de barreras en la Comunidad Autónoma de Galicia.

BOE nº 237, 3-Oct-1997 / DOG nº 166, 29-Ago-1997

Baleares

  • Ley 3/1993, de 4 de mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de las barreras arquitectónicas.

BOE nº 197, 18-Ago-1993 / BOIB nº 62, 20-May-1993

La Rioja

  • Ley 5/1994, de 19 de julio, de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad.

BOE nº 205, 27-Ago-1994 / BOLR nº 91, 23-Jul-1994

País Vasco

  • Decreto 59/1981 de 23 de marzo, sobre normativa para la supresión de barreras urbanísticas.

BOPV nº 19, 21-May-1981

  • Ley 20/97, de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad.

BOPV nº246, 24-Dic-1997

Región de Murcia

  • Ley 5/1995, de 7 de abril, de condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y promoción de la accesibilidad general.

BOE nº 131, 2-Jun-1995 / BORM nº 102, 4-May-1995

Cómo y qué soluciones existen para suprimir las barreras arquitectónicas